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Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires – Circular N° 21/2015

CIRCULAR N° 21/2015

Sr. Asociado: 

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en relación al tema de las facturas del ADA correspondientes a la“Tasa de Inspección de funcionamiento y Control de calidad de efluentes” .

Por gestiones realizadas por esta entidad las mismas se encuentran SUSPENDIDAS no debiendo abonarse las que se hayan recibido atento a que su determinación se realizó en base a una estimación del ADA.

El ADA ha comenzado un proceso de revisión de lo facturado, habiendo en la actualidad 4000 facturas de empresas controladas que serán remitidas a las empresas. 

A los efectos de que la facturación futura sea ajustada al consumo y vuelco de la empresa es fundamental inscribirse en el BUDURH atento que la declaración de consumo y vuelco que se realice con motivo de la inscripción será la base para la facturación. En caso de que no se realice la inscripción en el BUDURH el ADA realizará un estimado de consumo y vuelco y facturará conforme ello.

La inscripción al BUDURH es también fundamental para determinar el monto del CANON DEL AGUA por lo que también se recomienda la inscripción mencionada.

En lo que respecta al tema “Canon del Agua”, esta entidad gestionó que aquellos Usuarios que consuman como máximo 15 m3/día (incluidos en el BUDURH SIMPLIFICADO), paguen un canon no superior a los $345 mensuales.-

Asimismo, les recordamos que, cualquier duda relacionada con la facturación, deberán realizar el reclamo vía mail a [email protected] o bien a los teléfonos del call center (0221) 421-1912/3498 / 422-5929/3449 / 424-0310 / 482-1153 / 427-7101.

Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.

Mariano P. Barusso
Secretario

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