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Ratifican como constitucional la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjetas de débito.

Lo determinó la Justicia al rechazar una denuncia de inconstitucionalidad de la norma de la AFIP.

Lo determinó la Justicia al rechazar una denuncia de inconstitucionalidad de la norma de la AFIP.

Ponemos a disposición de los socios, el fallo del Juzgado Federal de Mar del Plata. Recordamos que la CAC en reiteradas oportunidades le ha solicitado al titular de la AFIP otorgar a los comercios la más amplia libertad para adoptar los medios de cobranza más aptos para su actividad, volumen, zona de actuación y clientela.

El Juzgado Federal de Mar del Plata falló a favor de la AFIP ante el pedido de un contribuyente de declarar como inconstitucional una reglamentación de obligatoriedad del pago con tarjetas de débito para operaciones comerciales.

En el caso marplatense, el denunciante sostenía que la norma violaba sus derechos, pero al no poder comprobar tal lesión, se rechazó la impugnación de inconstitucionalidad. Para ello, el tribunal de primera instancia se apoyó en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Corresponde rechazar la impugnación de inconstitucionalidad de las resoluciones de la AFIP (dictadas en el marco de las facultades que emanan el art.32 de la Ley 11.683) que impusieron la obligación de adquirir los controladores fiscales, si los planteos configuran alegaciones abstractas sobre la supuesta violación del derecho de trabajar, de propiedad y de capacidad económica, sin que se haya aportado elemento probatorio concreto alguno sobre tales extremos, por lo que resultan agravios meramente conjeturales”, informó la AFIP a través de un comunicado.

 

Fuente: CAC